Planillas Ivu

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787-531-8389

San Juan, Puerto Rico

Todo negocio o persona que trabaje por cuenta propia en Puerto Rico debe tener un Registro de Comerciante.

Los negocios que son Agentes Retenedores deben realizar las planillas de IVU (Hacienda y Municipal) todos los meses en o antes del día 20 después de finalizar el mes.

  • Las planillas hay que hacerlas aunque el negocio no estuvo operando o no tuvo ventas en ese mes.

  • Usted nos debe proveer la información antes del día 20 de cada mes para poder trabajar las planillas a tiempo.

Ejemplo: Al terminar el mes de enero, tenemos hasta el día 20 de febrero para hacer la planilla y pagar sin penalidades.

 

Favor de llenar este formulario para la radicación de las planillas de IVU